Elegir el mejor Seguro de Hogar

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                                   Elegir el mejor seguro para la vivienda

El seguro del hogar cubre los riesgos que afectan a la vivienda, el mobiliario, así como determinados actos que lleven a cabo los familiares de la persona que contrata el seguro. Para elegir el mejor seguro para la vivienda y pagar el precio justo deberemos tener en cuenta algunos factores importantes :

* Si la vivienda es de alquiler, la mejor elección es un seguro que incluya :

  1. El contenido del inquilino a valor de nuevo (valore todos los objetos como si tuviera que comprarlos de nuevo y realice un inventario de los objetos de valor).

  2. El contenido del propietario (electrodomésticos, muebles,...) por si en caso de siniestro debe responder de él. Asegure sólo a valor real,  ya que es lo único que le pueden exigir.

  3. Consulte las coberturas más adecuadas del Multirriesgo del hogar teniendo en cuenta:

    - La responsabilidad civil del inquilino debe cubrir un capital mínimo de 30 millones con un límite por víctima superior a los 10 millones.

    - Los daños por agua deben cubrir el 100% del capital sin franquicias ni limitaciones en la reparación y búsqueda de averías o en la omisión de grifos.

    - Asegure un capital a primer riesgo que cubra los daños al continente  para cubrir las reclamaciones del propietario que estén excluidas de la garantía de responsabilidad civil del inquilino (RC Locativa).

 

* Si usted es propietario de la vivienda, la mejor elección depende de si:

a)Vive en una casa unifamiliar : Asegure el continente  y el contenido a valor de nuevo. Verifique el valor de la vivienda sin incluir el terreno y consulte las coberturas más adecuadas, tenga en cuenta:

- La responsabilidad civil debe cubrir un capital mínimo de 30 millones con un límite por víctima superior a los 10 millones.

- Los daños por agua deben cubrir el 100% del capital sin franquicias ni limitaciones en la reparación y búsqueda de averías o en la omisión de grifos.

 

b) Vive en una comunidad que no está asegurada: Asegure el continente y el contenido a valor de nuevo. Verifique el valor de la vivienda sin incluir el terreno y consulte las coberturas más adecuadas:

- La responsabilidad civil debe cubrir un capital mínimo de 30 millones con un límite por víctima superior a los 10 millones.

- Los daños por agua deben cubrir el 100% del capital sin franquicias ni limitaciones en la reparación y búsqueda de averías o en la omisión de grifos.

Proponga asegurar la comunidad para que los copropietarios no tengan que hacer frente a siniestros de elevadas consecuencias. Vea la guía del seguro de comunidades.

c) Vive en una comunidad asegurada. Si no tiene una copia actualizada de la póliza, tiene derecho a ella. Pídala al presidente o al administrador de la comunidad. Compruebe si la compañía aseguradora de la comunidad hace algún descuento para las viviendas del edificio asegurado.

- Si la comunidad tiene un buen seguro: compruebe que no existe infraseguro  verificando el valor del continente . Este seguro le cubrirá el valor de piso por lo que no tiene que asegurarlo,  sólo tiene que asegurar el contenido a valor de nuevo y elegir las coberturas que más se adapten a sus necesidades:

- La responsabilidad civil debe cubrir un capital mínimo de 30 millones con un límite por víctima superior a los 10 millones.

- Los daños por agua deben cubrir el 100% del capital sin franquicias ni limitaciones en la reparación y búsqueda de averías o en la omisión de grifos.

- Si la comunidad no tiene un buen seguro porque:

  1. Existe infraseguro. El capital asegurado debe ser suficiente para reconstruir todo el edificio en caso de siniestro total.

  2. No tiene todas las coberturas que le interesan como la responsabilidad civil de la comunidad frente a los propietarios y terceros, daños por agua, etc..

Si no le convence la póliza de su comunidad, asegure su contenido a valor de nuevo y el continente a primer riesgo, para completar el infraseguro de la póliza de la comunidad. Elija las coberturas más adecuadas, sobretodo:

- La responsabilidad civil debe cubrir un capital mínimo de 30 millones con un límite por víctima superior a los 10 millones.

- Los daños por agua deben cubrir el 100% del capital sin franquicias ni limitaciones en la reparación y búsqueda de averías o en la omisión de grifos.

 

GLOSARIO DE TÉRMINOS

Formas de aseguramiento

Valor de nuevo

Es el valor del objeto asegurado si quisiéramos comprarlo nuevo. Si aseguramos a valor de nuevo cuando nos indemnicen podremos comprar los objetos dañados y estrenarlos independientemente de la edad que tenían los objetos asegurados. Normalmente la compañía sólo nos pagará el valor de nuevo si efectivamente compramos los objetos, si no sólo nos pagara el valor real.

Valor real

Es el valor del objeto en el mercado por lo que se tiene en cuenta su antigüedad y por tanto la depreciación que ha sufrido por el uso desde que se compró. Si asegura a valor real, cuando le indemnicen no tendrá suficiente para comprar nuevos los objeto asegurados.

Primer riesgo

En esta forma de seguro, se pacta previamente con el asegurador una determinada cantidad independientemente del valor de los bienes por lo que queda eliminado el infraseguro. En caso de siniestro el asegurador paga como máximo esa cantidad y no puede aplicar la regla proporcional.

Conceptos

Infraseguro

Se produce cuando se asegura un bien por un valor inferior al que tiene. Se puede incurrir en infraseguro si el sistema de valoración de los bienes no es adecuado o no se han actualizado los incrementos en el valor de lo asegurado. En caso de siniestro el Asegurador puede aplicarle la regla proporcional.

Regla proporcional : La indemnización se reduce en la misma proporción en que la cantidad de prima se ha dejado de pagar. Si un determinado objeto ha sido asegurado por 1.000.000 Ptas. Pero su valor real es de 2.000.000 el asegurador pagará el 50% de la indemnización pactada , sólo 500.000 Pts.

Algunas compañías no aplican la regla proporcional para siniestros de poca cuantía porque deberían realizar un peritaje de todos los objetos asegurados para comprobar si hay infraseguro. También es normal que las compañías admitan un margen de discrepancia entre el valor asegurado y el real antes de aplicar la regla proporcional (en las mejores compañías puede llegar hasta el 25%)

Contenido

En general todos los bienes muebles de la casa, el ajuar personal o doméstico, electrodomésticos, equipos de vídeo, TV, sonido, ordenadores; joyas y alhajas, dinero en efectivo y objetos de valor que se encuentren dentro del continente asegurado (vivienda o inmueble) o en dependencias anexas y propiedad del asegurado, sus familiares, personas que convivan con él o del personal doméstico. En general las obras de reforma y mejoras realizadas por el inquilino también se consideran contenido.

Continente

Es el inmueble, que incluye los cimientos, muros, paredes, cubiertas, techos, suelos, puertas; así como las instalaciones fijas del mismo: sanitarias, de calefacción, de sonido, de extinción de incendios, de protección contra robo, de televisión; y, en general, todo aquello que forme parte del inmueble asegurado. También se considera continente la decoración interior de las paredes, techos o suelos, como pintura, papel decorado, madera, moqueta, o cualquier otro material que se encuentre adherido a las paredes, techos y suelos; excepto tapices, murales y pinturas de valor artístico. Las vallas, muros y verjas que sirvan de cierre y circunden el perímetro del terreno donde se halla ubicado el inmueble y los garajes, cuartos trasteros y dependencias anexas al local asegurado, siempre que estén construidos con materiales similares a los de la edificación principal. En caso de copropiedad o propiedad horizontal  el coeficiente de participación que corresponda al local asegurado, de los elementos y zonas comunes del edificio o urbanización en que se encuentre el inmueble asegurado.

                            Garantías del seguro del Hogar

 

BÁSICAS

Revise las limitaciones, franquicias y las exclusiones de las garantías de su póliza:
Daños por incendio, explosión y rayo: se cubren todos los gastos que ocasionen estos sucesos, sufridos por los bienes asegurados (véase contenido y continente).
Actos vandálicos o malintencionados acciones tumultuarias. Impactos exteriores, incluso los causados por vehículos, aviones y barcos u objetos que provengan de los mismos.
Riesgos extraordinarios y catastróficos : terremotos y maremotos (inundaciones extraordinarias), erupciones volcánicas
Tormentas, cuando la velocidad del viento es superior a un valor determinado o cuando la cantidad de lluvia por metro cuadrado supera una cantidad variable según la compañía. Daños producidos por el agua que penetre a través de tejados, balcones o ventanas a consecuencia de filtraciones en tejados o desbordamientos en canalones y conductos de desagües superiores. También cubren el granizo, la nieve de cualquier intensidad y las inundaciones. Se excluyen los daños causados por filtraciones en pisos bajos, aguas subterráneas o residuales, o si ocurren como consecuencia de un mal estado de mantenimiento de la comunidad.
Escapes de agua en instalaciones hidráulicas sin intervención de fenómenos atmosféricos.
Gastos derivados
- Salvamento, demolición y desescombro, actuación de bomberos, permisos de reconstrucción.
- Importe del alquiler de la vivienda asegurada que sea necesario desalojar temporalmente con motivo de siniestro indemnizado por la Aseguradora.
Cristales, lunas y cristales, mármoles, loza sanitaria, placas vitrocerámicas.
Dinero y títulos valores, que se encuentren en la vivienda, contra todos los riesgos asegurados, hasta una cantidad máxima establecida por la Aseguradora.
Responsabilidad Civil: esta cobertura, garantiza el pago de las indemnizaciones de las que pueda resultar civilmente responsable el asegurado, por los daños materiales y corporales, así como los perjuicios derivados de estos, causados a terceras personas, por actos u omisiones cometidos por el asegurado mediante culpa o negligencia. También incluye al cónyuge del asegurado, los hijos y familiares consanguíneos que convivan con el asegurado, así como su personal doméstico.

En general cubre Responsabilidad Civil derivada de:

- Propiedad de la vivienda (RC Inmobiliaria)
- Inquilino frente al propietario y vecinos por incendio y explosión (RC Locativa), es incompatible con la anterior.
- Animales domésticos
- vehículos sin motor

Las pólizas más completas incluyen como coberturas básicas :
Daños eléctricos, a instalaciones y aparatos (excluyendo los de cierta antigüedad)
Bienes refrigerados, por avería del frigorífico o corte de electricidad (excluidos los de cierta antigüedad)
Daños estéticos, cubren los gastos derivados de recuperar el valor estético después de un siniestro (por ejemplo cubren el pintado de una habitación completa por una mancha de agua)
Gastos de localización de la avería, con un límite máximo.
Omisión de cierre de grifos, de las instalaciones hidráulicas
Jardines, arboledas y mobiliario de jardín, frente a los riesgos de las garantías básicas
Desplazamiento temporal del contenido, cubren los bienes en otras ubicaciones y en el transporte
Animales domésticos
Reclamaciones a terceros, con limitaciones

 

GARANTÍAS OPTATIVAS

Revise las limitaciones y las exclusiones de todas garantías en su póliza:
Robo

Robo, expoliación (robo con violencia o intimidación)
Hurto (robo sin desperfectos )
Desperfectos por robo, en la vivienda
Robo o extravío de llaves
Reposición de documentos
Uso fraudulento de tarjetas de crédito
Bienes de terceros
Atraco fuera del hogar
Asistencia domiciliaria
Envío de operarios, tras un siniestro, para realizar las primeras operaciones urgentes.
Sustitución temporal de determinados aparatos electrodomésticos tras un siniestro cubierto.
Puesta en contacto con profesionales para realizar obras de reparación o de reforma en la vivienda asegurada
Asistencia a las personas
Traslado o repatriación del asegurado fallecido y de los demás acompañantes del asegurado durante viajes temporales.
Traslado o repatriación del asegurado en caso de enfermedad o lesión del asegurado.
Asistencia sanitaria por lesión o enfermedad del asegurado en el extranjero.
Prolongación de la estancia del asegurado en el extranjero por lesión o enfermedad.
Accidentes individuales: Mediante esta garantía, que en ningún caso tendrá la consideración de mejora de las prestaciones de la Seguridad Social, se cubre la muerte o invalidez permanente de las personas que se expresan en las Condiciones Particulares de la póliza, que con carácter fijo estén al servicio dentro de la vivienda asegurada, ocurridas en el ejercicio de la función que tengan asignada y como consecuencia de un accidente
Muerte Accidental la pérdida de la vida del Asegurado, sobrevenida como consecuencia de un accidente o por resultado directo y comprobado de las heridas o lesiones sufridas en el mismo
Invalidez permanente: la pérdida de la capacidad física del Asegurado como consecuencia de un accidente, del que se derivan pérdidas anatómicas o impotencia funcional absoluta y definitiva de miembros u órganos del mismo.

 

GLOSARIO DE TÉRMINOS

Contenido

En general todos los bienes muebles de la casa, el ajuar personal o doméstico, electrodomésticos, equipos de vídeo, TV, sonido, ordenadores; joyas y alhajas, dinero en efectivo y objetos de valor que se encuentren dentro del continente asegurado (vivienda o inmueble) o en dependencias anexas y propiedad del asegurado, sus familiares, personas que convivan con él o del personal doméstico. En general las obras de reforma y mejoras realizadas por el inquilino también se consideran contenido.

Continente

Es el inmueble que incluye los cimientos, muros, paredes, cubiertas, techos, suelos, puertas; así como las instalaciones fijas del mismo: sanitarias, de calefacción, de sonido, de extinción de incendios, de protección contra robo, de televisión; y, en general, todo aquello que forme parte del inmueble asegurado. También se considera continente la decoración interior de las paredes, techos o suelos, como pintura, papel decorado, madera, moqueta, o cualquier otro material que se encuentre adherido a las paredes, techos y suelos; excepto tapices, murales y pinturas de valor artístico. Las vallas, muros y verjas que sirvan de cierre y circunden el perímetro del terreno donde se halla ubicado el inmueble y los garajes, cuartos trasteros y dependencias anexas al local asegurado, siempre que estén construidos con materiales similares a los de la edificación principal. En caso de copropiedad o propiedad horizontal  el coeficiente de participación que corresponda al local asegurado, de los elementos y zonas comunes del edificio o urbanización en que se encuentre el inmueble asegurado.

 

 

 

 

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Última modificación: 07 de agosto de 2000